Delegación Presidencial Regional de
O'higgins
APRUEBA NOMINA DE BENEFICIARIOS LEY  N ° 2 0 . 3 3 0 , R E G I O N  D E L                      L I B E R T A D O R GENERAL BERNARDO O”HIGGINS, AÑO 2023.
7 de Septiembre de 2023

APRUEBA NOMINA DE BENEFICIARIOS LEY N ° 2 0 . 3 3 0 , R E G I O N D E L L I B E R T A D O R GENERAL BERNARDO O”HIGGINS, AÑO 2023.

RESOLUCIÓN EXENTA N° 663
RANCAGUA, 05 de Septiembre de 2023
VISTOS:

  1. Los artículos 110 y 111 de la Constitución Política del Estado.
  2. La Ley N°19.175 de 1992, Orgánica Constitucional sobre gobierno y administración regional y
    sus modificaciones.
  3. El DFL N°1/19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley
    Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado N°18.575.
  4. Ley N°21.516 de Presupuesto del Sector Público para el año 2023.
  5. Ley N°20.330, que fomenta que profesionales y técnicos jóvenes presten servicios en las
    comunas con menores niveles de desarrollo del país.
  6. Decreto N°403, del 2009, Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, SUBDERE,
    Reglamento para la aplicación de la Ley N°20.330, que fomenta que profesionales y técnicos
    jóvenes presten servicios en las comunas con menores niveles de desarrollo del país.
  7. Decreto N°378 del 28 de diciembre de 2022, Subsecretaria de Desarrollo Regional y
    Administrativo, SUBDERE, determina número máximo de beneficiarios por región para el Año
    2023 y establece comunas con menor nivel de desarrollo, para aplicación de la Ley N°20.330 y
    reglamento respectivo.
  8. La Resolución N°7 del año 2019 y N° 16 del año 2020 ambas de la Contraloría General de la
    Republica.
  9. Decreto N°82 del 11 de marzo 2022, que nombra Delegado Presidencial Regional de O’Higgins
    al Sr. Fabio Andres Lopez Aguilera.
    CONSIDERANDO:
  10. Que la Ley N°20.330 fomenta que profesionales y técnicos jóvenes presten servicios en las
    comunas con menores niveles de desarrollo del país.
  11. Que el decreto N°378, señala las comunas con menor nivel de desarrollo en la Región del
    Libertador General Bernardo O’Higgins y determina 37 cupos beneficiarios año 2023.
  12. Circular N°01 de fecha 07 de agosto del 2023, de la Delegación Presidencial Regional del
    Libertador General Bernardo O’Higgins, que determina bases de llamado de postulación beneficio
    de la ley 20.330, , que solicita difundir plazos de postulación al beneficio de la Ley 20.330
  13. Lo resultado de las variables que asignaron puntaje año 2023 fueron:
    a. La mayor antigüedad laboral certificada es : 12
    b. La menor renta bruta de los postulantes es: $473.907
    c. El mayor monto de cuota anual total del crédito solidario y/o aval del estado es: 628,84
    RESUELVO:
  14. APRUEBESE, la nómina de beneficiarios (as) de la Región del Libertador G. Bernardo
    O’Higgins, conforme a las bases de llamado de postulación de los beneficios de la Ley N° 20.330,
    Circular 01 de fecha 07 de agosto del 2023, de esta Delegación Presidencial Regional, que
    solicita difundir.
  15. Los beneficiarios (as) que se detallan en la presente Resolución, podrán acceder a lo que se
    indica:
    a. Beneficio Anual: Consiste en el beneficio de un monto equivalente a la cantidad pagada de sus
    créditos; que le correspondería pagar durante dicho año, para deudores del Crédito Solidario
    Universitario/a un monto equivalente a la cantidad pagada de su crédito en el año calendario
    anterior, para deudores del crédito aval del Estado, con un tope anual de dieciséis unidades
    1
    tributarias mensuales del mes de diciembre de cada año.
    b. Beneficio Adicional: Para aquellas (os) beneficiarias (os) que obtuvieron el beneficio de la Ley
    N°20.330, el año 2021 y 2022, que además adjudicaron el beneficio anual año 2023, cumpliendo
    con los tres años de servicio prestados de manera ininterrumpida, podrán acceder a un beneficio
    adicional por un monto equivalente a tres veces de la cuota anual del crédito que les corresponda
    pagar durante dicho años o tres veces la cantidad pagada de su crédito durante el año calendario
    anterior, según corresponda. Con todo, el beneficio a que se refiere esta letra, tendrá un tope de
    cuarenta y ocho unidades tributarias mensuales del mes de Diciembre del mismo año.
  16. Los seleccionados (as) que se hayan adjudicado el beneficio durante tres años, no podrán
    acceder nuevamente a estas subvenciones entregadas por la Ley N°20.330.
  17. Certifico que la nómina de 37 beneficiarias(os) que a continuación se detalla, cumplen con los
    requisitos exigidos por la Ley N°20.330 y su Reglamento.
    N° NOMBRES COMUNA BENEFICIO
    1 ARELLANO YAÑEZ SARA DENISSE SAN VICENTE ANUAL
    2 GONZALEZ CACERES EVELYN CECILLIA LA ESTRELLA ANUAL
    3 YAÑEZ MENDEZ ALINA SOLEDAD PICHIDEGUA ANUAL
    4 CESPEDES BRICEÑO DIANA MARIA COLTAUCO
    ANUAL
    5 HERRERA FARIAS KAREN SUSANA CHIMBARONGO ANUAL
    6 IBARRA ROJAS DANIELA ALEJANDRA PEUMO ANUAL
    7 PINTO LAVIN JULIO TOMAS SANTA CRUZ ANUAL
    8 CRUZ CATALAN NICOLE BEATRIZ PALMILLA ADICIONAL
    9 CANCINO AGURTO ANGELO JONATHAN PALMILLA ADICIONAL
    10 AROS VIDELA HUGO ALEJANDRO DOÑIHUE ANUAL
    11 TOBAR GARAY GUISELLE ANDREA MALLOA ANUAL
    12 JARA VARGAS PAMELA BELEN CHIMBARONGO ANUAL
    13 AVILES RIOS CAMILO ARIEL PUMANQUE ANUAL
    14 CESPEDES ORTIZ ROMINA PAZ LOLOL ANUAL
    15 HORMAZABAL FLORES DANIELA ESTER PALMILLA ANUAL
    16 PINO DUQUE ORESTA VERONICA LOLOL ANUAL
    17 URIBE MANQUEO YASNA CECILIA DOÑIHUE ANUAL
    18 CALQUIN PARRAGUEZ LUIS MIGUEL DOÑIHUE ADICIONAL
    19 FUENTES DIAZ STEPHANIA ANDREA MALLOA ANUAL
    20 ABARCA CAROCA CARLOS FERNANDO COLTAUCO ANUAL
    21 MATURANA ORTEGA CAMILA ISMENIA PICHIDEGUA ADICIONAL
    22 ROJAS SAAVEDRA ILIA IRENE MALLOA ANUAL
    23 CARREÑO CESPEDES ALEJANDRO ESTEBAN LITUECHE ANUAL
    24 YAÑEZ CAROCA JULIO RODRIGO NANCAGUA ANUAL
    25 CORNEJO SALAZAR JONATHAN ALEXIS CHIMBARONGO ANUAL
    26 VARGAS GALAZ MARIA PAZ PLACILLA ANUAL
    27 URRA SOLIS MARVIN ERIC PICHIDEGUA ANUAL
    28 PIZARRO AGUILERA MARIBELMARGARITA PALMILLA ADICIONAL
    29 AVILA CAROCA TAMARA VERONICA MALLOA ANUAL
    30 VEGA AREVALO MARIA CAROLINA LOLOL ANUAL
    31 SANCHEZ OLIVARES IVANA VALESKA CODEGUA ANUAL
    32 RIVAS MORA FRANCISCA BELEN COLTAUCO ANUAL
    33 CESPEDES CACERES FRANCISCA DEL CARMEN PICHIDEGUA ANUAL
    34 OSORIO RIVERA CARLOS CRISTOBAL LA ESTRELLA ANUAL
    35 FARIAS TOLEDO RONIT NOELIA CHIMBARONGO ANUAL
    36 QUIROZ BARRERA BERTA REBECA DOÑIHUE ANUAL
    37 CATALAN FAUNDEZ LOREETO CONSTANZA NANCAGUA ANUAL
    ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.
    Para verificar documento ingresar en la siguiente url: https://validadoc.interior.gob.cl/
    Código Verificación: a0tcAn/WY0fG2OFWEj0Dng==
Volver